a. El alumno/equipo de investigación
deberá presentar su “Plan Analítico de Tesina”
por escrito, observando las pautas de organización y
de planificación investigativa. En el mismo deberá
consignarse, en el caso de optar por un Director, el nombre
del mismo y/o de los Asesores que intervendrán en el
desarrollo del tema en estudio, como así también
el de los autores.
b. En todos los casos que se elija un “Director”
de Tesina”, este deberá ser designado, teniendo
en cuenta las pautas establecidas que obran en el presente reglamento.*
El Asesor o Equipo Asesor podrá ser elegido entre otros
profesionales reconocidos como expertos en el tema a desarrollar.
Cuando la designación recaiga en un profesional no perteneciente
al Equipo Docente de Servicio Social de la EDSS, se elevará
junto al Plan Analítico, el currículum pertinente
y fotocopias del título para su aprobación.
c. Una vez aprobado.**
el Proyecto de Investigación (Plan Analítico),
se considerará esa fecha como el momento de iniciación
del trabajo final de investigación, cuyo desarrollo
y presentación final no podrá superar
los dos años posteriores a la aprobación del proyecto.
Pasado ese plazo se considerará el Proyecto
de Investigación como “vencido”, debiendo
el/la/s autor@s presentar un nuevo proyecto para para su evaluación.
* Ver Anexo I: “CONSIDERACIONES
GENERALES Punto 1. Designación del Director de Tesina”.
Tener en cuenta que para la Lic. con REI la elección
del “Director de Tesina” no es obligatoria.-
** En caso de observaciones se establecerán los ajustes
que fueran necesarios.-
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2007/2010 Escuela Diocesana de Servicio Social Monseñor Gerardo
Farrell